Declaración rectificativa

Abogado experto en declaración rectificativa

Abogado especialista en declaración rectificativa

Durante una declaración de impuestos pueden cometerse algunos errores. Bien sea de cálculo, omisión o de información, lo cierto es que en la mayoría de las veces es posible enmendar la falla con el recurso correspondiente, según el sujeto perjudicado.

La declaración rectificativa tiene lugar cuando el error va en perjuicio del declarante. Es decir, se declaró y pagó un ingreso más elevado del que correspondería o se percibió un monto más bajo por concepto de devolución. Esto aplica, bien sea para los tributos de rentas, IVA, IRPF o impuestos de sociedades.

¿Cómo corregir una declaración de impuestos que me perjudica?

Nuestros asesores tributarios son especialistas en estos procedimientos. Entendiendo que el error es en perjuicio del declarante, la declaración rectificativa no genera sanciones ni costes adicionales.

Ya para su presentación, puede acudir a la oficina de Hacienda que corresponda y presentar el requerimiento por escrito, o bien hacerlo por internet en el portal tributario.

En el caso de requerir una declaración rectificativa de impuestos con la forma 130 ó 303, la solicitud debe ser acompañada de un escrito formal. Indicando los datos de la declaración original, canal de envío, detalle del error u omisión, los comprobantes y la nueva liquidación.

Mientras que en el caso de renta, la declaración rectificativa puede presentarse por internet. Ingresando al portal web y completando los pasos siguientes:

  1. Seleccionar el menú Renta del año correspondiente.
  2. Acceder al servicio de tramitación borrador / declaración.
  3. Ingresar al Menú “Servicios Disponibles – Modificar declaración“, y seleccionar la opción “modificar declaración presentada”.
  4. Escoger la opción “declaración rectificativa” y marcar la casilla 127 para la solicitud de rectificación.
  5. Modificar o agregar los datos correspondientes.
  6. Agregar los datos de la cuenta para la devolución y hacer clic en Enviar.