Abogado experto en Comprobación Limitada

Abogado especialista en Comprobación limitada

Abogado especialista en Comprobación limitada en Palma

El proceso de comprobación limitada es una verificación fiscal. Si bien es cierto que son verificaciones a las que debe responder, es indispensable que conozca sus derechos en relación con estos procedimientos.

La asesoría legal de R&A Abogados, no solo le ofrece los mejores profesionales en derecho fiscal. También están en la disposición de atender y responder de manera adecuada ante cualquier procedimiento relacionado con Hacienda.

Conozca en qué consiste la comprobación limitada, cuál es su alcance, qué documentos debe presentar y los periodos legales para hacerlo.

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¿Qué es un Procedimiento de comprobación limitada?

Se conoce como comprobación limitada al procedimiento administrativo llevado a cabo por Hacienda. En el cual se verifican datos, documentos y actividades relacionadas con una declaración fiscal.

Es decir, es el medio por el cual el órgano tributario verifica que losdatos suministrados en una declaración o autoliquidaciónson correctos. Principalmente cuando detectan errores o diferencias en la información fiscal previamente registrada.

Conforma junto a la verificación de datos y a la comprobación de valores los denominados procedimientos de comprobación tributaria. Tienen como característica principal que el contribuyente cuenta con un proceso de audiencia previa a la autoliquidación.

Esto significa que en la comprobación limitada puedes presentar alegatos y pruebas para corroborar la información. Lo que puede incluso generar o deja sin efecto cualquier liquidación complementaria que estuviere solicitando Hacienda.

Atender las notificaciones de comprobación limitada sin la debida asesoría puede significar un problema mayor. Por lo cual R&A Abogados pone a su disposición los especialistas en derecho fiscal que sabrán preparar su audiencia para obtener los mejores resultados.

Documentación comprobación limitada: ¿Qué necesitas?

En este sentido, los expertos de R&A Abogados recomiendan prestar atención a los datos de la notificación y presentar únicamente lo requerido. Que en general puede incluir:

  • Datos consignados por el contribuyente en sus declaraciones
  • Justificativos o comprobantes de operaciones que incidan en el hecho examinado
  • Datos en poder de Hacienda relacionado con declaraciones anteriores que dejen evidencia de un error
  • Registros de facturación, así como las correspondientes facturas emitidas y recibidas
  • Datos o información de terceros para la ratificación de los datos

El carácter limitado de esta comprobación radica en que solo pueden contemplar un período y tipo de impuesto en particular. Podrán entonces solicitar únicamente la información relacionada con su declaración y no implica una revisión completa de la actividad comercial.

Por lo tanto, durante la comprobación limitada no está obligado a consignar ninguno de los elementos siguientes:

  • Informes bancarios, movimientos financieros o acceso a cuentas bancarias
  • Contabilidad mercantil

Sin embargo, si de propia cuenta accedieras a presentar documentación adicional o preste su conformidad a ser examinado en otras áreas, no podrá impugnar el acceso a esta información en los procedimientos que deriven del caso.

¿Cómo se tramita el procedimiento de comprobación limitada?

De forma general consta de una fase de inicio, otra de tramitación y terminación. En las cuales, tanto Hacienda como el contribuyente tienen roles específicos que cumplir.

Inicio de la comprobación limitada

Como es común en los procedimientos de comprobación fiscal, este se inicia con un oficio de notificación al contribuyente.El cual sebe ser entregado en su domicilio e indicar de forma expresa la naturaleza y alcance del proceso.

Es decir, indicará cual es la irregularidad detectada, en qué declaración y cuál periodo. Así mismo esta notificación expresará los derechos y las obligaciones relacionadas con el caso. Además puede incluir una propuesta de liquidación según los datos manejados por Hacienda.

Fase de Tramitación

Es la fase más rigurosa del proceso y en la cual se presenta la documentación, alegatos y pruebas para corroborar o subsanar las irregularidades fiscales reportadas. Por lo que es de suma importancia la asesoría de los especialistas en derecho fiscal de R&A Abogados.

La tramitación requiere la presencia del contribuyente o su representante legal. Por lo tanto se indicará un lugar, fecha, hora específica para presentar la documentación. Además de recibir de Hacienda la propuesta de resolución la cual puede acatar o recurrir dentro de los 10 días siguientes.

En casos que los resultados de la comprobación resultaran suficientes para establecer la irregularidad, el órgano fiscal puede omitir el proceso de alegaciones.

Terminación de la comprobación limitada

Luego de presentar los documentos y alegatos solicitados durante la tramitación, Hacienda está en el deber de examinar los mismos para dar por terminado el procedimiento. En cuyo caso pueden darse los siguientes escenarios:

  • Hacienda emite una resolución indicando los detalles del procedimiento, los fundamentos legales y la liquidación provisional o bien declarando que no se ha comprobado ninguna irregularidad.
  • Caducidad de la comprobación si trascurrieran 6 meses de haberse iniciado el proceso sin que se haya recibido ninguna resolución. Aunque el órgano tributario puede reabrir el procedimiento siempre que no prescriba.
  • La Administración Tributaria da inicio a un procedimiento de inspección, considerando necesaria una revisión exhaustiva del caso. Dando entonces por terminada la comprobación limitada.

¿Qué hacer si recibo una notificación de comprobación limitada?

En primer lugar debereunir toda la información que tenga y contactar a R&A Abogados para consultar con un especialista en la materia.  A partir de la notificación, dispone de un mes de plazo para contestar y presentar cualquier alegación sobre el procedimiento.

Bajo ninguna circunstancia debe pasarse por alto la misma, ya que la falta de respuesta indicará que el contribuyente no tiene alegatos y acepta la liquidación presentada. La cual, trascurrido ese tiempo, además será considerada como inapelable.

Por otro lado, es bueno tener en cuenta que Hacienda no siempre tiene la razón. Y la postura de aceptar cualquier procedimiento sin hacer las verificaciones correspondientes podría traer más problemas que beneficios.

Atienda su procedimiento de comprobación limitada con los expertos de R&A Abogados y Obtenga en sus asuntos fiscales los mejores resultados.