Abogado Certificado de Residencia Permanente Unión Europea

Abogado Experto en Certificado
de residencia permanente UE

Abogado Certificado de Residencia Permanente Unión Europea

Abogado Especialista en Certificado
de residencia permanente Union Europea

Este documento adjudica el derecho de residir de forma permanente en cualquiera de los países de la Unión Europea.

Está destinado de forma particular a los ciudadanos comunitarios de la UE, los pertenecientes a los países del Espacio Económico Europeo o de nacionalidad suiza. Además de incluir a los familiares del comunitario que cumpla con determinadas condiciones de permanencia.

Condiciones para obtener el certificado de residencia permanente

Los requisitos y documentos para obtener el certificado permanente UE, varían de acuerdo con la condición del solicitante. Para lo cual los servicios de R & A Abogados están disponibles para asesorarle al presentarse alguna de las siguientes opciones:

  • Si ha residido en España de forma legal por un periodo de cinco años continuos.
  • Si alcanza la edad de jubilación tras ser trabajador por cuenta ajena o propia y accede al derecho de pensión según la legislación española.
  • Si cumple los requisitos para jubilación anticipada tras ser trabajador por cuenta propia o ajena por al menos 12 meses y teniendo residencia legal de tres años o más.

Vale señalar, que el solicitante debe aportar la documentación que acredite la condición aval de su solicitud. Incluyendo aquellos documentos que le permitan disminuir o exonerar el tiempo de residencia exigido, como incapacidad permanente por accidente laboral, acta de matrimonio con un comunitario entre otros.

Procedimiento para conseguir la tarjeta comunitaria permanente

En primer lugar, debes ubicar la Oficina de Extranjería correspondiente a la provincia donde resides o en su defecto, la Comisaría de Policía. Luego de la asesoría experta de R & A Abogados, no tendrás inconvenientes para reunir los siguientes documentos:

  • Pasaporte o documento de identidad vigente.
  • Forma modelo EX-18 correctamente cumplimentada según las instrucciones.
  • Comprobante de pago de la tasa por expedición del certificado.
  • Documentos que acreditan la condición bajo la cual se solicita la residencia permanente.

Si bien el trámite de obtención del certificado de residencia es de carácter personal, es posible autorizar a un tercero para presentar la solicitud. Aunque el interesado debe estar disponible para cualquier tipo de legitimación ante las oficinas de extranjería.

Una vez procesada y aprobada la solicitud de Certificado de residencia permanente, la misma se expedirá de forma inmediata. Dejando constancia del nombre del titular, NIE, fecha de registro y tipo de permanencia otorgada.

Residencia permanente para familiares de ciudadanos de la UE

Los comunitarios de la UE además de tener el derecho de solicitar la residencia permanente en España, pueden extender el mismo a sus familiares directos. Aunque es un procedimiento frecuente, lo recomendable es contar con la asesoría de los especialistas de R & A Abogados.

En general, se solicita que el familiar no sea comunitario, que demuestre que ha residido en España de forma legal y continua durante al menos cinco años. Además de las condiciones generales de admisión previstas en la ley.

Como requisito adicional para la obtención del certificado de residencia permanente UE, debe mantenerse el vínculo familiar que dio origen a la misma. Salvo ciertas excepciones en caso de fallecimiento o divorcio, en el cual se tomarán previsiones especiales en las que nuestros expertos le podrán asesorar.